La jueza del Juzgado 41 Penal de Conocimiento de Bogotá deniega la preclusión solicitada por la Fiscalía en el caso del expresidente Álvaro Uribe por fraude procesal, manteniendo el proceso judicial abierto.
Este martes 23 de mayo, la jueza Laura Estella Barrera determinó que si hay suficientes pruebas para llevar a juicio al expresidente Álvaro Uribe Vélez por el delito de soborno. Tras una extensa audiencia que comenzó durante toda la mañana y parte de la tarde, el juzgado de Bogotá decidió dar curso al proceso judicial contra el exsenador.
La jueza determinó que existen elementos probatorios, evidencia física y datos legalmente obtenidos que respaldan la afirmación, de que el delito de soborno descrito en el artículo 444A de la actuación penal, realmente tuvo lugar. Además, Barrera consideró que el Álvaro Uribe podría tener la condición de partícipe en dicho delito.
También admitió como prueba la grabación realizada con el reloj, la cual fue considerada válida previamente por la Corte Suprema de Justicia, pero que había sido desestimada por la Fiscalía en su momento.
La Sala de Instrucción del alto tribunal resolvió que el expresidente Álvaro Uribe deberá cumplir detención domiciliaria, concluyendo que había sido «con alta probabilidad, el principal instigador de esta red ilegal«. La Corte determinó que, a través de maniobras realizadas por Diego Cadena y otras personas cercanas, Uribe intentó influir en ciertos testigos, como el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, con el fin de obtener su retractación sobre los señalamientos relacionados con los supuestos vínculos de Uribe con la creación del Bloque Metro de las Autodefensas.
Recordemos que la decisión de la jueza en este caso puede ser apelada por las partes y el expediente sería remitido al Tribunal Superior de Bogotá. En caso de que el despacho decida no cerrar el caso, la Fiscalía podrá llevar a juicio a Uribe o presentar, por tercera vez, una solicitud de preclusión basada en otras razones.