Cinco empresas interesadas en alquilar sus patinetas cumplieron los requisitos señalados en la Resolución 336 de 2019, por lo cual, cuentan con el permiso con condición de inicio para el desarrollo de esta actividad en la primera zona que está permitida.

¿Cuál es la primera zona?

La primera zona autorizada para el alquiler de patinetas en el espacio público de la ciudad está ubicada en las localidades de Chapinero y Usaquén y tiene los siguientes límites:

  • Por el norte, la calle 134
  • Por el nororiente, la carrera 7, la carrera 5 y la carrera 2
  • Por el noroccidente, la autopista norte
  • Por el sur, la calle 45
  • Por el suroriente, la carrera 4 y la carrera 7
  • Por el suroccidente, la avenida Caracas

Es importante resaltar que las patinetas, tanto de alquiler como privadas, son libres de circular por la ciudad bajo las recomendaciones de seguridad vial de la Circular 006 de 2018 y las restricciones de circulación y estacionamiento del Código Nacional de Tránsito Terrestre al ser consideradas un vehículo.

Estas son algunas de las recomendaciones que la Secretaría de Movilidad brinda para quienes usan este medio de transporte eviten accidentes.

  • Transite a una velocidad menor o igual a 20 km/h
  • Transite por las ciclorrutas
  • Use el casco abrochado y ajustado
  • Use prendas reflectivas en circulación nocturna
  • Verifique que, para la circulación nocturna, la patineta tenga dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que proyecten luz roja
  • No transite por los andenes
  • No transite por avenidas o vías arterias
  • No manipule dispositivos móviles mientras maneja
  • No conduzca bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas
  • No lleve acompañante ni transporte objetos que disminuyan la visibilidad o que incomoden la conducción

Todos los que manejan las patinetas deben ser conscientes de que estos son unos vehículos, por ende, tienen las siguientes restricciones de estacionamiento:

  • No deben parquearse en andenes, zonas verdes o zonas para peatones
  • No deben parquearse en antejardines
  • No deben parquearse en vías arterias
  • No deben parquearse en ciclorrutas
  • No deben parquearse en paraderos del SITP
  • No deben parquearse en accesos para personas en condición de discapacidad
Fuente: Alcaldía de Bogotá