Tras analizar las declaraciones del streamer sus redes sociales sobre la comunidad LGBTIQ+, la Corte Constitucional determinó que constituían discursos discriminatorios y de odio.
La Corte Constitucional ha emitido un fallo de gran relevancia en relación con la protección constitucional de las personas LGBTIQ+, particularmente aquellas con vivencias trans. En este fallo histórico, se aborda el tema de los discursos de odio en redes sociales y se establecen importantes precedentes sobre los límites del derecho a la libertad de expresión de los influencers.
Aunque el influencer eliminó posteriormente los vídeos, la Corte considera que el daño ya estaba hecho y que no existe un remedio constitucional que pueda revertir los efectos del discurso y su divulgación.
La Corte Constitucional argumenta su fallo en tres razones fundamentales. En primer lugar, se destaca la prevalencia de las violencias recurrentes hacia personas LGBTQ+, lo cual refuerza la necesidad de proteger a esta comunidad vulnerable. En segundo lugar, se señalan las limitaciones del derecho a la libre expresión en redes sociales, especialmente cuando dicha expresión promueve el odio y la discriminación. Por último, se examina el caso desde la perspectiva del derecho a la libertad de expresión y al libre desarrollo de la personalidad de las personas LGBTIQ+.
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la reflexión sobre los límites del derecho a la libertad de expresión de los influencers en redes sociales y el impacto que esto tiene en la sociedad. La Corte enfatiza que la libertad de expresión en estos medios está sujeta a los mismos límites que en cualquier otro medio de comunicación y que los discursos de odio y las expresiones dañinas no pueden considerarse un ejercicio legítimo de esa libertad.
Además, la Corte reitera el derecho a la no discriminación de las personas LGBTIQ+ y la prohibición de conductas que generen desigualdad. Se hace especial énfasis en la presunción de discriminación como un instrumento clave para la protección de esta comunidad. Se espera que el fallo contra Westcol sea acatado y que se cumplan las órdenes emitidas por el Alto Tribunal, y se insta a que este fallo sirva como precedente para erradicar los discursos de odio dirigidos a personas LGBTIQ+.
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