La norma permitía el traslados de pensionados de fondos privados a Colpensiones
El decreto 558 pretendía cambias las reglas del juego en materia de pensiones, aunque con la más reciente decisión de la Corte Constitucional, los fondos privados deben asumir su responsabilidad con sus afiliados y el Gobierno debe exigirles a estos fondos que cumplan con sus compromisos adquiridos.
Colpensiones asumirá afiliados de fondos privados
Además, se ordenó frenar el traslado de 25.000 jubilados de administradoras privadas a la del Estado y quienes ya habían hecho el cambio deben retornar a sus fondos iniciales, antes de la crisis por la pandemia.
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Es necesario recordar que el decreto de Gobierno permitía que los empleadores del sector público, privado y trabajadores independientes, redujeran voluntariamente su aporte al Sistema General del 16 % a un 3 %, durante abril, mayo y junio de 2020.
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En su momento la Procuraduría General de la Nación cuestionó la medida alegando que «no se advierte, entonces, la necesidad de crear un mecanismo especial de pago de pensiones mínimas, pues los argumentos esbozados no demuestran las evidencias financieras o estudios actuariales que permitan concluir la certeza de que el dinero de las AFP no sea suficiente para financiar a corto, mediano y largo plazo el pago de las pensiones mínimas del retiro programado».
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Pronunciamiento de la Corte sobre el cambio en materia de pensiones
La Corte declaró inconstitucional el Decreto Legislativo 558, sobre medidas para disminuir temporalmente la cotización al SGSS y pensiones bajo la modalidad retiro programado. Los primeros 5 artículos se declararon inexequibles 6-3, los 9 artículos finales inexequibles 7-2.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) July 23, 2020