Por orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Congreso deberá rehacer la lista para elegir a quien podrá ocupar el cargo de jefe o jefa de la Contraloría General de la República de Colombia
Dalal Karime Dager Nieto, interpuso una demanda en contra de la contraloría haciendo prevalecer la equidad a la hora de realizar el proceso de elección del próximo jefe o jefa de la Contraloría General de la República.
En la lista de los elegidos está el 20%, es decir ocho hombres y dos mujeres, cuando debería haber por lo menos tres mujeres, según la ley de cuotas, lo cual había afirmado el Tribunal, al momento de aplica los procesos de elección en cargos decisivos con concursos de méritos. Al realizar esta selección, se debe garantizar la igualdad de género ente los hombres y mujeres seleccionados.
«Al analizar el material probatorio y los argumentos expuestos por la solicitante, se advierte que en efecto la Comisión Accidental del Congreso de la República no tuvo en cuenta los criterios de mérito ni de equidad de género» afirma el tribunal.
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La institución de educación superior encargada del proceso previo, agregó a una persona la cual no cumplía con el requisito de edad, no podía estar en el proceso de pre selección.
El Tribunal resalta que las personas enumeradas en la foto fueron las electas, mediante una votación realizada al interior de la Corporación, dándole poca relevancia al mérito y la equidad, ya que la puntuación no se tuvo en cuenta al momento de la deliberación.
«No se tuvo en cuenta el principio de equidad de género, así como tampoco se observó el mérito que propugna respetar el Congreso máxime porque no hay razón válida para (i) desconocer a un participante con el segundo mejor puntaje y (ii) no haber incluido de forma igualitaria las mujeres con mayor puntaje que otros hombres que sí fueron incluidos, incluso con el incumplimiento de requisitos formales para el cargo» afirmó el fallo.
Por decisión del Tribunal, el Congreso no tenía por qué pasar por alto dichos datos en un proceso de gran relevancia, «la custodia y protección de los recursos públicos del país, por lo que, con mayor razón, la buena administración implica la adecuada preparación de las personas que dirigen las entidades y órganos públicos, y esa desviación de la buena administración, sin dudas, desconoce la moralidad administrativa, principio y derecho colectivo».
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De modo que el Tribunal ordenó rehacer la lista de los próximos candidatos elegibles, haciendo énfasis en el principio del mérito, equidad de género y estará siendo cauteloso a la hora de hacer regir los requisitos al momento de la inscripción.
Este proceso debe realizarse en el menor tiempo posible, ya que el plazo máximo vence el próximo 20 de agosto de 2022. Para esta fecha ya debe estar electo el próximo Contralor General de la República.