La Superintendencia de Industria y Comercio le interpuso una millonaria multa de $245 millones a ETB por no responder las quejas y solicitudes de sus clientes.
La Superintendencia de industria y comercio dio a conocer la millonaria multa que le interpuso a ETB, una de las empresas con más clientes en el país. Según la SIC, la compañía ignoró el derecho de los usuarios para quejarse y reclamar ante los problemas que presenta el servicio.
Es por eso que esta compañía deberá pagar una sanción de 245 millones de pesos “por haber desconocido el derecho que le asiste a los usuarios a que las peticiones, quejas/reclamos y recursos -PQR-“, asegura la Superintendencia.
La entidad explica que los usuarios presentaban sus quejas en el punto físico de la compañía, pero no existía la evidencia que permitiera inferir que hubiesen sido objeto de respuesta.
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“El operador sancionado incurrió en la omisión al deber de atender y contestar, en la oportunidad legal y de forma integral, las inconformidades presentadas por los usuarios, conducta que permitió la configuración de la figura del silencio administrativo positivo y como consecuencia de ello, se impartieron órdenes administrativas al operador, consistentes en atender de manera favorable las solicitudes”, apuntó la SIC.
“En el marco de la investigación administrativa se pudo comprobar que, en los casos de dos (2) de los usuarios denunciantes, el operador multado incurrió en la omisión al deber de atender y contestar, en la oportunidad legar y de forma integral, las inconformidades presentadas por los usuarios”, dice el comunicado de la SIC.
Ante esta decisión, ETB podría interponer recursos de reposición y apelación.
¿Cuáles son sus derechos como cliente?
El derecho que usted como usuario tiene, en cuanto a las peticiones, quejas/reclamos y recursos -PQR- es que:
• Sean atendidos y resueltos dentro de la oportunidad y legal.
• Sean contestadas de manera integral cada una de las pretensiones expuestas en las PQR.
• Las respuestas emitidas sean puestas en conocimiento de los usuarios, el operador debe acceder de manera favorable a las solicitudes de los usuarios, siempre que las mismas se encuentren dentro del marco legal de competencia de esta Entidad.