La Sala Plena Virtual de la Corte Constitucional tumbó el proyecto de responsabilidad solidaria en las fotomultas

Las fotomultas vuelven a ser protagonistas de la opinión pública, pues se rechazó que los propietarios de vehículos tengan que responder por las infracciones de terceros, captadas en los sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones.

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La Corte declaró que el parágrafo primero del artículo 8 de la Ley 1843 del 2017 es inexequible, por lo tanto, la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo por el pago de multa impuesta por infracción de tránsito queda anulada y ahora, quien maneje el vehículo en el momento de la infracción es quien debe responder por ello.

Las razones por las cuales el Tribunal tomó esta decisión sobre las infracciones captadas por los dispositivos son las siguientes:
  • Se omite la defensa en relación con la imputabilidad y culpabilidad al hacer directamente responsable al propietario del vehículo.
  • Desconoce el principio de responsabilidad personal.
  • Vulnera la presunción de inocencia al no exigir a la autoridad de tránsito demostrar que la infracción se cometió con culpa.

Dicha solicitud de nulidad a este fallo de la Corte Constitucional fue presentada por el Director Ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios y la Alcaldía de Medellín, «por la presunta divulgación y publicación irregular de la sentencia y a la presunta incongruencia entre la parte motiva y resolutiva de la misma».

Sin embargo, esto no prosperó debido a una contundente votación de ocho contra uno. Así, queda claro que las fotomultas están designadas para detectar el Soat o la revisión vencidos, pero no se podrá culpar a un conductor que alegue no haber manejado el vehículo en el momento de la infracción.

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En dado caso de que no haya una identificación plena del conductor no se podrán imponer comparendos y según indicó en su momento el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández Galindo «las multas deben ir a programas de seguridad vial y no deben convertirse en un instrumento de mero recaudo de recursos para las entidades estatales».