A partir del 27 de abril la actividad física individual al aire libre estará permitida, sin embargo la Alcaldía de Bogotá tiene ciertas normas que se deben cumplir en su totalidad para que usted pueda salir.

  • Únicamente podrán salir a hacer deporte, según disposición del Ministerio de Salud, las personas mayores de 18 años y menores de 60, en un radio de un kilómetro de su domicilio.
  • El horario para practicar las actividades físicas, según lo contemplado en el Decreto 593 del Gobierno Nacional, será entre 6 de la mañana y 10 de la mañana.
  • No puede durar mas de una hora.
  • La norma de pico y género NO aplica para estas actividades físicas.
  • No se permite aglomeraciones o practicas en grupos.
  • No se permite el contacto con otras personas
  • No esta permitido el uso de los gimnasios instalados en los parques o módulos de juegos infantiles.
  • Las practicas permitidas son caminar, correr, trotar y montar bicicleta a nivel recreativo, NO de alto rendimiento.