El incumplimiento en normas de publicidad le costó al reconocido gimnasio más de $175 millones
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa a Bodytech S.A. de $175.560.600 por incumplir las normas que regulan las condiciones objetivas de la publicidad en las promociones y ofertas, las condiciones negociales generales de los contratos de adhesión, y las ventas a distancia mediante métodos telefónicos.
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La decisión está fundamentada en que se descubrió que Bodytech ofreció incentivos en relación con sus servicios estéticos y de nutrición en los que no indicó la fecha de iniciación de los mismos, elemento esencial para que los consumidores pudieran tomar decisiones de consumo razonables y accedieran a dichos beneficios.
Igualmente, se habló de condiciones que no fueron claras en los contratos «élite sin permanencia», pues allí se indicaba que la duración era por un término indefinido, pero luego el documento aseguraba que se podría renovar en cualquier momento, lo cual generaba confusiones.
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Finalmente, la SIC afirmó que Bodytech «utilizaba diferentes medios para realizar las ventas de sus servicios médico deportivos, entre ellos, las ventas a distancia mediante métodos telefónicos.
Sin embargo, en el desarrollo de las mismas se pudo comprobar que no les suministró a los consumidores ni en la etapa previa a la aceptación de la oferta, ni en la celebración del contrato, su información de contacto, el precio de los paquetes para hacer uso de sus gimnasios, la existencia de los derechos de retracto y reversión, ni el término para ejercerlos».