Si bien la legislación colombiana no tiene una prohibición directa sobre la presencia de mascotas en contratos de arrendamiento, sí autoriza la inclusión de cláusulas y acuerdos para salvaguardar la propiedad.
En el contexto de la convivencia en espacios arrendados y la presencia de mascotas, surge una importante discusión sobre los derechos de los arrendatarios y las normativas que rigen esta situación en Colombia. La sentencia T-035 de la Corte Constitucional del año 1997 establece un precedente significativo al reconocer que tener una mascota es parte del libre desarrollo de la personalidad y la intimidad, respetando los derechos tanto del arrendatario como de los demás residentes.
Es importante destacar que ningún arrendador puede exigir a su arrendatario que no tenga mascota, de acuerdo con lo establecido en dicha sentencia. Esto garantiza el derecho de las personas a convivir con sus compañeros animales sin restricciones injustificadas.
La Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal, también respalda la tenencia de mascotas al garantizar la seguridad y la convivencia pacífica de todos los residentes en espacios compartidos. Si bien se pueden establecer reglas para proteger la propiedad y fomentar una convivencia armoniosa, la ley reconoce la importancia de respetar el derecho de las personas a tener mascotas como parte de su vida diaria.
La Alcaldía de Bogotá enfatiza la importancia de respetar las normas de convivencia del conjunto residencial y lo acordado en el contrato. Esto implica que, si bien no se puede prohibir la tenencia de mascotas, es fundamental cumplir con las disposiciones establecidas para garantizar una convivencia respetuosa y ordenada.
Para los cuidadores de mascotas, es esencial cumplir con normativas como recoger las excretas, mantener a los animales con correa en áreas comunes y evitar comportamientos agresivos que puedan perturbar la tranquilidad de otros residentes.
Además, es importante mencionar las responsabilidades establecidas por el Código Nacional de Policía y Convivencia, así como la Ley 746 de 2002, que incluyen aspectos como recolectar y desechar adecuadamente las excretas de las mascotas, mantener a los perros con correa en áreas comunes y prevenir cualquier comportamiento que pueda generar riesgos o molestias.
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