La Corte Suprema de Justicia determinó que la persona que maltrate físicamente a su pareja deberá indemnizarla
Con el fin de proteger a las víctimas de maltratos físicos, psicológicos, económicos y sexuales, la Corte Suprema de Justicia determinó que aquel que agreda a su pareja deberá indemnizarla.
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La determinación se tomó tras luego del análisis del caso de un médico que maltrataba de diferentes maneras a su pareja, entre las que incluía los golpes.
Según el magistrado Luis Alfonso Ríos, de la Sala Civil de la Corte, le negaba el dinero necesario para el abastecimiento o la dejaba por fuera de su casa, con complicidad de los vigilantes del conjunto residencial.
«Incluso, llegó a exigirle relaciones sexuales en contra de su voluntad por considerarlo como una retribución por los gastos de alimentación y vivienda que eran suministrados por él”, señaló el magistrado en Noticias Caracol.
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Para la Corte no habría ningún tipo de inmunidad para aquellas personas que agredan a otra y mucho menos si se trata de su propia pareja sentimental.
Dicha orden tendrá que efectuarse sin la necesidad de enviar a las víctimas a la Fiscalía u otras entidades para su revictimización, por lo que deberá indemnizarla de inmediato.
Víctimas de violencia física, sexual, emocional o económica perpetrada por su compañero permanente podrán solicitar, ante jueces de familia, indemnización en procesos de existencia de unión marital de hecho: #SalaCivil de @CorteSupremaJ
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