Muchas personas se preguntan si al votar en primera y segunda vuelta se puede acumular los beneficios y obtener 8 horas libres en el trabajo, esta es la respuesta
Como bien se sabe, ejercer el derecho al voto trae una serie de beneficios, como descuentos en la expedición de documentos como el pasaporte, la libreta militar, el duplicado de la cédula, entre otros.
Sin embargo, los colombianos se centran en un beneficio en particular, media jornada laboral remunerada, en la cual podrán faltar a su trabajo sin ningún problema. Ante esto se ha generado una duda, ¿Se pueden acumular los certificados de votación para tener toda una jornada libre?
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Ante esta duda, la Registraduría indicó que no es posible, pues las cuatro horas remuneradas por haber participado en primera vuelta vencen al momento de realizarse las elecciones del próximo 19 de junio. Esto quiere decir que los beneficios no son remunerados.
Las personas que no han redimido sus 4 horas libres, podrán hacerlo hasta esa fecha; y las personas que voten en segunda vuelta presidencial tendrán 30 días para hacer efectivas estas horas, según lo indica la ley 403 de 1997.
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