El Gobierno Nacional emitió el decreto 1076 en el cual aumenta de 44 a 46 las excepciones de movilidad, una de ellas permitiría la asistencia a eventos en los autos

Tras el anuncio del presidente Iván Duque sobre la ampliación de la cuarentena, se conoció el nuevo decreto y las autorizaciones de movilidad y apertura gradual de más sectores en municipios No Covid, de baja o media afectación en esta nueva etapa en medio de la pandemia.

El documento establece «ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas del día 1 de agosto de 2020, hasta las cero horas del día 1 de septiembre de 2020, en el  marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19».

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Uno de los puntos que llama la atención en el decreto es que en este nuevo lapso se autoriza la proyección fílmica (autocines), conciertos y artes escénicas realizadas bajo la modalidad de autoeventos, sin que se generen aglomeraciones, en los términos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.

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Otra de las actividades autorizadas es la realización de las Pruebas Estado Saber, y el desplazamiento estrictamente necesario del personal de logística y de quienes las presentarán en los sitios que se designen.

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De otro lado, el decreto indica que «los alcaldes de municipios sin afectación o de baja afectación del coronavirus Covid-19 podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio».

Planes piloto en municipios No Covid, de baja o media afectación

Según indica el decreto, los alcaldes de los municipios y distritos, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrán autorizar la implementación de planes piloto en:

  • Establecimientos y locales comerciales que presten servicio de comida, para brindar atención al público en el sitio
  • Las marinas y actividades náuticas
  • Gimnasios
  • Cines y teatros
  • Eventos deportivos sin aglomeración de espectadores
  • Parques temáticos y zoológicos
  • Bares y casinos para brindar atención al público en el sitio
  • Billares, juegos de azar y apuestas tales como bingos y terminales de juego de video
  • Estéticas, piscinas, spa, sauna y turco, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social

Decreto y autorizaciones de Gobierno