Todo apunta a que Arturo Char sería el próximo presidente de esta corporación, sin embargo, algunos de ellos no podrían participar en la votación por conflicto de interés

Serían nueve los senadores que tendrían que declararse impedidos en la elección del nuevo presidente del Congreso para el periodo 2020 – 2021 que se realizará de forma virtual el próximo 20 de julio.

Piden a miembros del Senado no votar por conflictos de interés con el grupo Char

Según indicó una investigación de Cuestión Pública, los nueve senadores tienen conflicto de interés con el clan Char, por relaciones empresariales, préstamos y propiedad de inmuebles en el territorio nacional.

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Inicialmente, se menciona a Antonio Zabaraín de Cambio Radical, quien tuvo a Alejandro Char, hermano de Arturo Char, en la junta directiva de una de sus empresas, se trata de Operación Minera del Siglo XXI.

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Acto seguido, se explica que el senador Samy Merheg dio un lote en Pereira como pago a la empresa Serfianza del grupo Char en el año 2000, posteriormente el predio fue vendido a la Inmobiliaria Char S.A, y finalmente, pasó a Supertiendas y Droguerías Olímpica, empresas de la familia Char.

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Laura Fortich, del Partido Liberal, tiene cuatro apartamentos en Puerto Colombia en predios que pertenecieron a la firma ACH Ingenieros Constructores (su fundador es el exalcalde de Barranquilla, Alejandro Char).

Situación similar ocurre con Daira Galvis del partido Cambio Radical, propietaria de un apartamento en Cartagena que compró en 1991 a Julie Chaljub de Char, tía del exalcalde de Barranquilla Alejandro Char y del senador Arturo Char.

Asimismo, se recuerda que los senadores Miguel Amín Escaf y Jhon Milton Rodríguez pagaron cuñas radiales para propaganda electoral a la Organización Radial Olímpica. A su vez, Luis Eduardo Díaz Granados tuvo créditos de Serfinanza, así como ocurrió con García Zuccardi y Laureano Acuña.

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Petición para que senadores se declaren impedidos

Cabe recordar que la coalición Fuerza de Respuesta Social Anticorrupción (Fuersa) conformada por la Fundación Paz y Reconciliación, de los analistas León Valencia y Ariel Ávila, y la Fundación Veeduría al Congreso pidió que los senadores se declaren impedidos en la elección de presidencia del Congreso.

Sin embargo, el artículo 286 de la ley 5 de 1992 – que contiene el reglamento del Congreso- indica que «no hay conflicto de interés cuando el congresista participa en la elección de otros servidores públicos mediante el voto secreto. Se exceptúan los casos en que se presenten inhabilidades referidas al parentesco con los candidatos».