La Secretaría de Transporte y Movilidad departamental mediante Circular 021 de 2020, adoptó el protocolo de bioseguridad en el sector transporte del departamento.

Con el fin de proteger la salud y garantizar el adecuado desarrollo de las actividades de dicho sector productivo y evitar la propagación del virus.

Entre las medidas a implementar por parte del sector transportador, se encuentran los procedimientos en los servicios prestadores, tales como inicio de operación, alimentación, tanqueo de combustible, pago de peajes, recogida de pasajeros, cargue y descargue de productos y toda aquella actividad realizada durante la jornada laboral.

El comunicado oficial con el protocolo ha sido dirigido a alcaldes de los municipios, direcciones de movilidad municipal, policía de tránsito y transporte, empresas de todas las modalidades de transporte, conductores o tripulantes, terminales de transporte terrestre, administradores de infraestructura asociada a los sistemas de transporte masivo, conductores de servicio particular y personal de todas las modalidades de transporte.

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Estas son las medidas ordenadas de bioseguridad:

  • Limpiar y desinfectar los sitios en los cuales los usuarios, trabajadores y demás personas pueden o han entrado en contacto directo con los medios de transporte público, tales como taquillas, sillas, ventanas, pasamanos, entre otros. Cuando se apliquen desinfectantes de uso común se deben seguir las recomendaciones de las fichas de seguridad del producto.
  • Implementar medidas para regular el acceso de pasajeros a los portales, taquillas y vehículos y organizar filas con distancia entre personas de mínimo dos metros.
  • Evitar las aglomeraciones en terminales de transporte terrestre de pasajeros, portales, paraderos e instalaciones. Los entes gestores y/o concesionarios de los sistemas de transporte masivo deberán coordinar la implementación del protocolo de bioseguridad con las autoridades locales competentes.

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  • Velar porque durante el trayecto (al interior del vehículo) exista una distancia entre cada usuario de por lo menos un metro.
  • Velar por el uso obligatorio de tapabocas convencionales por parte de los usuarios del sector transporte.
  • Mantener ventilado el vehículo o equipo, en la medida de lo posible.
  • Planificar las rutas, para aquellos recorridos de larga distancia, se deberá identificar los lugares en los cuales se podrían realizar paradas (por ejemplo: para surtir combustibles, descansar, comer, pernoctar o hacer uso de baños) y asegurarse, previamente, de que disponen de los servicios necesarios.
  • Velar por que los colaboradores y trabajadores cumplan estrictamente las normas de tránsito.

Estas medidas estarán vigentes durante el período en que se mantenga la emergencia declarada por el Gobierno Nacional por causa del Covid -19.